lunes, septiembre 25, 2023

El Ayuntamiento abre el periodo de solicitud para la explotación de los huertos urbanos

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El Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, a través de la concejalía de Medio Ambiente, ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid las bases para la explotación de los huertos urbanos, situados en una parcela municipal ubicada en El Forestal. 

Del total de 60 huertos, en la actualidad 34 se encuentran en explotación, cuyos propietarios pueden renovar la concesión solicitándolo en el periodo establecido por las bases. El resto de huertos (26), junto con aquellos que finalmente no se renueven, saldrán a sorteo público. Para ello, los interesados deben formalizar la solicitud del 3 al 18 de diciembre (quince días naturales), a lo que le seguirá el sorteo cuyo día y hora se comunicará posteriormente de forma oficial. 

El modelo de solicitud y las bases reguladoras se pueden descargar de la página web municipal www.aytovillaviciosadeodon.esen el área de Medio Ambiente, o bien recoger los impresos en las dependencias del Ayuntamiento, Plaza de la Constitución, 1 de lunes a viernes de 8:15 a 14:00 horas. 

Cómo y dónde presentar las solicitudes

  • De forma presencial en el Ayuntamiento:cita previa llamando al teléfono 91 616 96 06, de lunes a viernes en horario de 08:15 a 14:00 horas, o bien a través del correo electrónico: citaprevia@v-odon.es.
  • A través de correo postal: dirigido al Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, Plaza de la Constitución, nº1, 28670. 
  • En las Oficinas de Asistencias en Materia de Registros(ventanilla única). 
  • A través de firma digital: en el registro electrónico común de la Administración General del Estado. https://sede.administracion.gob.es/

El plazo máximo de explotación de estos huertos será de cuatro años a contar desde la fecha de su formalización y los beneficiarios deberán abonar un canon mensual de 5,00 €

Entre las condiciones generales de utilización de estos huertos se establece que deben tener exclusivamente uso agrícola, así como la prohibición de utilización de productos fitosanitarios o abonos o fertilizantes químicos de síntesis. Los productos obtenidos deben destinarse única y exclusivamente al autoconsumo familiar, quedando expresamente prohibida su venta.

Además, esas condiciones generales obligan a los adjudicatarios a la instalación de un contador de agua de su propiedad en la salida de la toma de agua de su huerto y facilitar la lectura del mismo a los servicios técnicos municipales. En cuanto al consumo máximo de agua, se establece el de un metro cúbico al año por cada metro cuadrado de huerto abonando dicho importe de la forma que el Ayuntamiento determine. 

La concejala de Medio Ambiente, Mercedes Castañeda, manifiesta que los huertos vecinales “contribuyen a fomentar el uso responsable y sostenible de los espacios públicos, además de potenciar hábitos saludables entre los vecinos ya que permiten el contacto directo con la naturaleza, así como educar en la sostenibilidad”.

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